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Este es un tipo de contrato del tipo intuito personae, es decir se lleva a cabo en atención a las personas que efectúan el acuerdo. La responsabilidad de cada socio se limita al monto del capital que ha aportado, o a un monto mayor el cual debe estar especificado en la escritura de la sociedad.
El nombre de una Sociedad de responsabilidad Limitada, puede contener el nombre de uno o más socios, o la referencia al objeto social de la sociedad, y debe terminar con la palabra limitada.
* Son sociedades de personas (naturales o jurídicas).
* Limita la responsabilidad de los socios a su aporte.
* No pueden estar conformadas por más de 50 socios.
* Son sociedades intuito personae, es decir se contrata en virtud de las personas que participan.
* Los acuerdos se toman por unanimidad, para realizar las transferencias de derechos, modificaciones en general a la escritura.
Estas sociedades de personas, sea civil o comercial son siempre solemnes, deben constar por escritura pública, inscribirse en el Conservador de Comercio y publicarse en el Diario Oficial.
La constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada tiene un costo total desde 12 UF, e incluye:
* Gasto de Notaría.
* Registro en el Conservador de Comercio.
* Publicación de extracto en el Diario Oficial.
* Protocolización de extracto.
* Tiempo de tramitación 8 días hábiles.
* Honorarios profesionales.
Estado N° 57. Of. 801. Piso 8. Santiago – Chile. Mesa Central (56-2) 6386796 // contacto@polarisconsultores.cl