SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Este es un tipo de contrato del tipo intuito personal, es decir se lleva a cabo en atención a las personas que efectúan el acuerdo. La responsabilidad de cada socio se limita al monto del capital que ha aportado, o a un monto mayor el cual debe estar especificado en la escritura de la sociedad.

El nombre de una Sociedad de responsabilidad Limitada, puede contener el nombre de uno o más socios, o la referencia al objeto social de la sociedad, y debe terminar con la palabra limitada.

  • Son sociedades de personas (naturales o jurídicas).
  • Limita la responsabilidad de los socios a su aporte.
  • No pueden estar conformadas por más de 50 socios.
  • Son sociedades Intuitu personæ, es decir se contrata en virtud de las personas que participan.
  • Los acuerdos se toman por unanimidad, para realizar las transferencias de derechos, modificaciones en general a la escritura.

Estas sociedades de personas, sea civil o comercial son siempre solemnes, deben constar por escritura pública, inscribirse en el Conservador de Comercio y publicarse en el Diario Oficial.

NUESTRO SERVICIO

La constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada tiene un costo total desde 10 UF, e incluye:

  • Gasto de Notaría.
  • Registro en el Conservador de Comercio.
  • Publicación de extracto en el Diario Oficial.
  • Protocolización de extracto.
  • Tiempo de tramitación sólo en días.
  • Honorarios profesionales.
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