SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Este es un tipo de contrato del tipo intuito personal, es decir se lleva a cabo en atención a las personas que efectúan el acuerdo. La responsabilidad de cada socio se limita al monto del capital que ha aportado, o a un monto mayor el cual debe estar especificado en la escritura de la sociedad.
El nombre de una Sociedad de responsabilidad Limitada, puede contener el nombre de uno o más socios, o la referencia al objeto social de la sociedad, y debe terminar con la palabra limitada.
- Son sociedades de personas (naturales o jurídicas).
- Limita la responsabilidad de los socios a su aporte.
- No pueden estar conformadas por más de 50 socios.
- Son sociedades Intuitu personæ, es decir se contrata en virtud de las personas que participan.
- Los acuerdos se toman por unanimidad, para realizar las transferencias de derechos, modificaciones en general a la escritura.
Estas sociedades de personas, sea civil o comercial son siempre solemnes, deben constar por escritura pública, inscribirse en el Conservador de Comercio y publicarse en el Diario Oficial.
NUESTRO SERVICIO
La constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada tiene un costo total desde 10 UF, e incluye:
- Gasto de Notaría.
- Registro en el Conservador de Comercio.
- Publicación de extracto en el Diario Oficial.
- Protocolización de extracto.
- Tiempo de tramitación sólo en días.
- Honorarios profesionales.
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