EMPRESAS EIRL

La Ley Nº 19.857, es la que autoriza el establecimiento de éstas Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada E.I.R.L., ésta norma permitió dar solución a quienes desean formar una empresa, y al mismo tiempo, separar sus bienes del patrimonio que aporta a la creación de la nueva sociedad. En su denominación llevan nombre y apellidos del constituyente, pudiendo tener también nombre de fantasía, agregado a la actividad económica que corresponde al giro de la empresa.

Características

  • Son consideradas personas jurídicas, formadas exclusivamente por una persona natural.
  • Su creación es solemne, es decir, inscribirse en el Registro de Comercio y publicarse.
  • En caso de fallecimiento del titular, la Ley permite que los herederos continúen la empresa.
  • Para el término, basta la voluntad del titular, término del plazo establecido o muerte del titular.
  • La administración la desempeña el titular o representante.
  • Son de plazo fijo, prorrogable o indefinido.
  • Realizan actividades siempre comerciales (no actividades en segunda categoría).

NUESTRO SERVICIO

La constitución de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada tiene un costo total desde 10 UF, e incluye:

  • Gasto de Notaría.
  • Registro en el Conservador de Comercio.
  • Publicación de extracto en el Diario Oficial.
  • Protocolización de extracto.
  • Tiempo de tramitación sólo en días.
  • Honorarios profesionales.
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